Generador Exento Condicionalmente de Cantidad Pequeña (llámesele
por sus siglas en inglés CESQG)
Información
adicional para los talleres de reparación de automóviles
y latonería que generan menos de 220 libras ó 26 galones
de desecho tóxico al mes.
Los reglamentos que usted debe cumplir dependen de la cantidad de desecho
tóxico que usted genera al mes. Si usted genera menos de 220 libras
ó 26 galones de desecho tóxico al mes, usted es considerado
un Generador Exento Condicionalmente de Cantidad Pequeña (llámesele
por sus siglas en inglés CESQG). Aunque la EPA de Illinois no requiere
que los CESQG obtengan un número EPA de identificación de
generador, el Secretario de Estado, bajo el Código de Vehículos
de Illinois 625 ILCS 5/5-301 (i) (4), requiere que todos los reparadores
de automóviles y latoneros obtengan un número EPA de identificación
de generador o un Certificado de Exención. Por lo tanto, si usted
genera menos de 220 libras ó 26 galones de desecho tóxico
al mes, usted tendrá que completar el Certificado
de Exención (
Documento PDF 6K, 1 página) anexo y guardarlo en sus archivos
en caso de que el Secretario de Estado le pida prueba de un número
EPA de identificación de generador. La EPA de Illinois no requiere
una copia de dicho Certificado.
Si usted tiene alguna pregunta sobre este tema, por favor llame gratis
a la Línea de Asistencia de la Oficina de Empresas Pequeñas al 1-888-372-1996. ¡Gracias!
Oficina de Empresas Pequeñas
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